En octubre de 1996 los medios pusieron en escena –con alto rating- uno de los shows más escandalosos que se recuerden en torno del “jarrón de Cóppola”, droga plantada por la policía. Siempre cerca del poder mediático, la Corte Suprema revocó un fallo a favor de Natalia Denegri invocando el derecho al olvido ante Google con argumentos falaces en torno a la libertad de prensa y el interés público.

La carta robada es un cuento de género policial escrito por Edgar Allan Poe cuya historia se desarrolla en el París de los años 1800 y pico. Un policía recurre al detective Auguste Dupin y a su amigo, el narrador del cuento, con el objetivo de resolver el caso de una carta robada a una reina, que por su contenido puede ser usada para obtener réditos políticos. Luego de algunos cabildeos Dupin acepta el caso para entregar la carta que ya había recuperado por sus propios medios, utilizando procedimientos más sencillos que los que suele utilizar la policía. El detective se puso en el lugar del ladrón y dedujo que éste no intentaría ocultarla en lugares recónditos donde la policía podría buscar; sino, colocarla en el lugar más visible, adónde a la policía no se le ocurriría revisar. La moraleja del cuento es que lo más evidente con frecuencia es lo que más nos cuesta encontrar, porque no imaginamos que lo podemos tener justo delante de nuestros propios ojos.

La carta robada inaugura una lógica donde lo evidente es lo que no se ve. La moraleja del cuento nos puede brindar algunas herramientas para entender el fallo de la Corte Suprema en el caso Denegri versus Google. Recordemos que la CSJN revocó el fallo de la Cámara Civil que había reconocido a Natalia Denegri el derecho al olvido en su acción contra Google. Ahora los magistrados se manifestaron a favor de la libertad de expresión y el derecho a la información sobre el derecho al honor de la accionante.
El argumento central expuesto por la Corte en su fallo fue que ante las tensiones entre el derecho al honor y la libertad de expresión, ésta última goza de una protección más intensa siempre que se trate de publicaciones veraces referidas a funcionarios públicos, personas públicas o temas de interés público.

Desglosemos el texto: 1) “Publicaciones veraces” –dice el fallo. En los medios de comunicación el significado de la veracidad está íntimamente relacionado con todo lo que se refiere a la verdad o la realidad o a la capacidad de alguien para decir siempre la verdad y ser sincero, honesto, franco y tener buena fe. Resulta evidente que no se trató de información veraz porque la realidad misma había sido modificada como se modifica la escenografía donde se va a desarrollar una pieza teatral.

Recordemos que se encontraron 40 gramos de cocaína que -con intenciones tal vez políticas- fueron plantados en un jarrón en el departamento de Guillermo Cóppola, manager de Diego Maradona, por lo cual con el tiempo la causa judicial quedó sin efecto y los policías que investigaban el caso terminaron detenidos. A raíz de la detención de Cóppola acusado de liderar una asociación ilícita que se dedica al narcotráfico salen a escena Samanta Farjat y Natalia Denegri. Ésta ha relatado en diversas entrevistas y en la causa misma que fue acosada por los productores televisivos, que las hospedaban en hoteles de lujo con el objeto que no fueran entrevistadas por la competencia, que las entrevistas terminaron siendo guionadas. Está a la vista de todos que lo que sucede en la realidad hace borde con una irrealidad. De allí no puede surgir una información veraz y lo que se termina montando es un pseudo teleteatro con muchos puntos de rating y mucho dinero en juego.

Se arma una trama ficcional que le permite al público aceptar que los hechos están ocurriendo en la realidad y el periodismo se encarga de informar; es decir, darle forma. Cuando el Premio Pulitzer otorgado por una entrevista a un niño de ocho años adicto a las drogas tuvo que ser devuelto por The Washington Post porque el protagonista de la historia no existía, su editor no tuvo mejor idea que afirmar que le habían anticipado que “la historia tenía una parte real, una parte mito y en parte era una invención”. Un aforismo médico sostiene que la misma droga que te mata es la que bien dosificada te cura. La narración -la tabla de salvación que impide que los periodistas profesionales sean reemplazados por programas informáticos- muchas veces los convierte en literatos dejando al periodismo de lado.

2) “Publicaciones veraces referidas a funcionarios públicos, personas públicas…”. Consignamos que la Doctrina Real Malicia nace en la Suprema Corte de Justicia de los EE.UU. con el caso New York Times contra Sullivan donde se sostuvo y se sentó el precedente que los funcionarios públicos deben soportar estoicamente la necesidad de obtener la información de los medios y periodistas en aras de transparentar los actos de gobierno. ¿No resulta evidente como en La carta robada que Samanta Farjat y Natalia Denegri no eran funcionarias públicas? De allí que no se podía avanzar sobre ellas al amparo de la Doctrina Real Malicia.

Tampoco eran personas públicas. Samanta Farjat y Natalia Denegri al ser protagonistas de lo que sucedía en el entorno del Caso Cóppola saltaron a la fama al producir un boom mediático que llevó a Clarín a titular en noviembre de 1996: “El Caso Cóppola convirtió a dos chicas en estrellas de la TV”.

3) “Publicaciones veraces –sostiene el fallo de la CSJN- referidas a funcionarios públicos, personas públicas o temas de interés público”. Juan Armagnague en su manual Derecho a la información, habeas data e Internet sostiene que el interés público se identifica con el bien común de la sociedad toda, entendida como un cuerpo social. Noticias que hablan del surgimiento de una vacuna contra la gripe, de una terapia contra las adicciones, de la necesidad de la actividad física en el cuidado de la salud, de la importancia del libro en la formación intelectual, etc. Estos son temas de interés público en la agenda editorial de cualquier medio.

La información que sale originalmente un viernes 1 de noviembre de 1996 frente a las cámaras en Memoria (Canal 9) alcanzando picos de 28 puntos de ráting; el lunes 4 en Mediodía con Mauro (ATC); el martes 5 en Almorzando con Mirtha Legrand (Canal 9), Esta tarde (América) y El periscopio (América); el miércoles 6 nuevamente en Memoria con Mauro y el viernes 8 nuevamente en Memoria no puede ser considerada de interés público porque no hace ningún aporte a la sociedad entendida como cuerpo social. Es más, dichos programas se inscriben en lo que se ha denominado periodismo basura o periodismo chatarra habiendo sido Mauro Viale uno de sus más importantes referentes.

Desinformar, avasallar

Con el paso de los años se empieza a tomar conciencia de cómo se ha informado, cuestión que se potencia cuando Natalia Denegri inicia una demanda contra Google en el fuero Civil de la Justicia Argentina solicitando ampararse en el Derecho al olvido junto con el pedido de una medida cautelar contra el Goliat informático por la difusión en Internet de información que se remontaba veinte años atrás. No es la información sobre el Caso Cóppola en sí misma la que puede ser evaluada como de interés público; sino, la forma cómo se realizó la cobertura de la misma, ya que los medios al amparo de la libertad de prensa en principio desinformaron al público y luego avasallaron los derechos a la intimidad, a la imagen, al honor y a la privacidad de las chicas Cóppola.

4) “El argumento central expuesto por la Corte en su fallo fue que ante las tensiones entre el derecho al honor y la libertad de expresión, ésta última goza de una protección más intensa…”. Esta pugna es uno de los desafíos a entender y tratar de resolver de cara al comienzo de este siglo XXI. Cuando la libertad de expresión se la pretende corporativizar por vía de la libertad de prensa al extremo que la empresa periodística pretende monopolizar para sí y sólo para sí la existencia y el valor de esa libertad, allí la prensa entra en conflicto con el hombre.

De esta forma la prensa a la cual se suma de manera singular la televisión se convierten en protagonistas de una descomunal industria cuya mercancía es la información y la opinión. La información y la noticia se han convertido en un producto económico sujetadas a las leyes del mercado antes que al bien social. Frente a este avasallamiento se ha suscripto un marco legal, la Convención Americana sobre Derechos Humanos llamada también Pacto de San José de Costa Rica. Los magistrados de la CSJN no lo han contemplado y como suele suceder el hilo se termina cortando por lo más delgado. En la vida real David no podía vencer a Goliat.