El Gobierno envió al Congreso la reforma laboral. Los puntos destacados: blanqueo para las empresas, flexibilización de tareas, aliento a la tercerización y rebaja de las indemnizaciones por despido. Además, abre la opción a los fondos de cese laboral y relanza las pasantías. Aquí el análisis.
El Gobierno y la conducción de la CGT acordaron. Según Héctor Daer, “la integridad del derecho laboral está a salvo”. No parece tan claro. Mientras se espera por la letra chica del “consenso básico” alcanzado en las reuniones reservadas entre Triaca y la cúpula cegetista, Socompa fue a lo seguro y repasó la iniciativa oficial. Lo hizo con Matías Cremonte, abogado asesor de sindicatos y presidente de la Asociación de Abogados Laboralistas. “Todos los derechos que pierden los trabajadores se traducen de una u otra manera en rentabilidad para las empresas. Hay una transferencia desde el salario hacia el capital. Además, no hay evidencia local ni internacional que este tipo de enfoque genere empleo”, advierte Cremonte.
La evidencia empírica confirma la lectura. Según la Organización Mundial de Trabajo, los 111 países que entre 2008 y 2014 flexibilizaron su legislación no mejoraron los indicadores de desempleo. En los casos relevados, el desempleo creció en promedio poco más de un tres por ciento. Las perspectivas del organismo son sombrías. Se estima que si bien la tasa de empleo a nivel mundial se mantendrá estable durante 2018, el crecimiento de la mano de obra por efecto de quienes se suman al mercado rebasará la oferta. Según el organismo, el fenómeno tendrá especial incidencia en América latina, donde se espera una mayor proporción de trabajadores precarizados.
“La intención es clara. El proyecto apunta a aumentar la jornada laboral, flexibilizar la modalidad de trabajo, reducir las indemnizaciones por despido, ampliar la tercerización diluyendo la responsabilidad de la empresa principal, condonar multas y reducir las contribuciones patronales. Además, se busca crear nuevas figuras ocupacionales que, según sea el resultado de la negociación, podrían quedar excluidas de la Ley de Contrato de Trabajo”, señala Cremonte.
-Una de las cuestiones que los empresarios y el gobierno buscan poner en discusión es el principio de irrenunciabilidad…
-La irrenunciabilidad significa que ningún trabajador puede renunciar en forma individual a un derecho consagrado o a un contrato individual más ventajoso. Derogar ese principio implicaría que el trabajador quede indefenso. Tendría que aceptar modificaciones impuestas por el empleador para no perder el trabajo. Frente a esta situación, solo le quedaría la posibilidad de darse por despedido. La caída de la irrenunciabilidad se sumaría a la presión que supone el desempleo como disciplinador de la mano de obra. En definitiva lo que se intenta es limitar las opciones del trabajador frente a los que se llama ius variandi (N. del R.: cuando el empleador modifica unilateralmente las condiciones).
-El gobierno impulsa dos figuras: la del trabajador autónomo económicamente dependiente y la del trabajador con colaboradores. ¿Qué opinión le merecen?
-Aparentemente, se dio marcha atrás con la intención de excluir esas figuras de la Ley de Contrato de Trabajo. Sos alcances de esas figuras serán discutidas por una comisión. Habrá que ver. Lo importante es entender que esas figuras legalizan y alientan el fraude laboral. El gobierno argumenta que apuntan a regularizar a quienes ya tienen una relación más o menos permanente. Lo que no dice es que esos trabajadores ya están en relación de dependencia. Lo pueden demostrar aunque facturen. Son las típicas relaciones de dependencia que encubre, por ejemplo, el monotributo.
-¿Y la figura del trabajador con colaboradores?
-Solo beneficia a la empresa principal. El proyecto inicial los equiparaba a empresarios. Esos trabajadores quedarían fuera de todo convenio colectivo. Es la desprotección total. Muchas de esas relaciones se verifican hoy en las cooperativas truchas que prestan servicios.
-El gobierno parece haber dado marcha atrás con la tercerización…
-La tercerización está permitida. Una empresa puede subcontratar servicios. Y no solo en los rubros seguridad, higiene y gastronomía. Se ve también en informática y transporte, incluso en las tareas de mantenimiento industrial. Es un gran problema. La ley originaria de contrato de trabajo, sancionada en 1974, si bien permitía la tercerización, la condicionaba tanto que la hacía casi inviable…
-¿Por qué?
-Porque a esos trabajadores se les aplicaba el mismo convenio colectivo que a los empleados por la empresa principal. La reforma del ’76, hecha en plena dictadura, borró algunos límites. Entre otras cuestiones permitió sueldos diferentes y la aplicación de distintos convenios. Pero al menos dejó en pie la responsabilidad solidaria del empleador principal.
-Lo que el gobierno busca o buscaba derogar…
-El efecto sería que la empresa principal dejaría de ser responsable solidariamente si la tercerizada no cumple con sus obligaciones. Transformaría a los trabajadores en parias. Incluso hoy, y a pesar de la ley, hay mucha informalidad disfrazada. Estamos hablando de empleados despedidos que son retomados como cooperativistas y que terminan ganando menos que antes; pero también de empresas fantasmas, de trabajadores que un día dependen de una sociedad y al día siguiente de otra. En este contexto, la responsabilidad del empleador principal colabora para que esos trabajadores no estén tan desprotegidos.
-Según trascendió, el llamado banco de horas quedaría afuera del proyecto de ley, pero el gobierno internaría retomar la iniciativa en las negociaciones sectoriales entre los sindicatos y las empresas.
-De aplicarse sería gravísimo. Sería un quiebre del histórico principio de la jornada de ocho horas. También afectaría el pago de las horas extras. Es copiado de la reforma brasileña. La idea es que un empleado puede trabajar diez horas un día y no cobra dos horas extras. Al día siguiente compensa trabajando seis. Otro día no trabaja y luego sí. Así sucesivamente. Al final del año se promedian las horas trabajadas y ahí se determina si le corresponde el cobro de horas extras.
-¿Y el fondo de cese laboral…?
-Por el momento no está claro, pero todo hace suponer que el objetivo es que el trabajador financie su propio despido con los aportes que realice. La estrategia del gobierno y los empresarios es introducir el tema en las negociaciones sectoriales, que quede en los convenios colectivos. Es algo que ya rige en la construcción y se entiende que sea así porque el trabajo dura lo que dura la obra. Sin embargo, en el resto de las actividades la relación es por tiempo indeterminado. Puede durar años.
-El fondo vendría reemplazar la indemnización por despido arbitrario…
-La protección contra el despido arbitrario está contemplada en la Constitución. La Ley de Contrato de Trabajo reglamenta esa protección y establece una indemnización a modo de compensación por los años que duró la relación. Además, y esto es central, supone un elemento disuasivo para que el empleador no opte fácilmente por el despido. En la medida en que ese despido lo pague un fondo, aunque el empleador tenga que aportar, probablemente genere que las empresas aprovechen para desprenderse de los empleados con mayores salarios para tomar trabajadores más baratos que ingresarían bajo un nuevo marco laboral.
-El gobierno argumenta que hay una industria del juicio. También lo dicen los abogados de las empresas, incluso los abogados que representan a empresas medianas y pequeñas…
-El nivel de litigiosidad se puede analizar. Lo que advertimos desde la asociación es que hay una campaña montada que incluye el ataque a los abogados laboralistas. Nos acusan de ser parte de una mafia y culpables del cierre de empresas. A eso se suman los ataques a la justicia laboral y a los sindicatos. Todo esto esconde un ataque a la representación de los trabajadores. Sin abogados que los defiendan, sin justicia que garantice derechos, sin sindicatos fuertes y sin la posibilidad del accionar colectivo lo que queda es un trabajador absolutamente desprotegido.
-¿Por qué es falso lo que afirman gobierno y empresarios sobre la industria del juicio?
-La afirmación no se puede analizar con seriedad en un país donde el 35 por ciento de los trabajadores se desempeñan en la ilegalidad. Hay cuatro millones y medio de trabajadores que no están registrados. Hay un juicio en potencia por cada uno de esos trabajadores. Si uno mira esa cifra comprende que la cantidad de demandas es menor a la que debería existir. ¿Qué pasa si un empresario le compra insumos a un pirata del asfalto o se cuelga de la luz? Nadie discutiría que está en la ilegalidad. Pero cuando se trata de tener empleados en negro hablan de informalidad y además la justifican… Hacen una ley para legalizar lo ilegal.
-¿Qué lectura hace del blanqueo laboral?
-El problema de base es que no hay política de fiscalización. No la tiene este gobierno ni la tuvo el anterior. Nunca hubo una política del Ministerio de Trabajo de inspeccionar y sancionar. Es la única forma de fomentar la registración. El enfoque que lleva a la reducción de los aportes patronales y a la condonación de deudas nunca redundó en la creación de empleo ni en una mayor registración.
-El gobierno también crítica a los jueces del fuero laboral. ¿Cómo evalúa lo actuado hasta el momento por los jueces del trabajo?
-No me parece que estén dispuestos a avalar la desprotección que se propone. Tal vez sí la Corte Suprema. Lo de los jueces es destacable. Hay una campaña muy fuerte que no solo incluye los ataques públicos de Macri cuando dice que la justicia debe cambiar su enfoque y amenaza con remover jueces. Además, hay casi una decena de jueces que fueron denunciados ante el Consejo de la Magistratura. Les pidieron la destitución no porque hayan detectado irregularidades, no por el mal desempeño, sino por el contenido de los fallos que favorecen a los trabajadores. El objetivo es atemorizar, disciplinar, condicionar. Por ahora, eso no ha ocurrido en la aplicación del derecho de trabajo y en su misión protectoria.
-Otro punto que se suele incluir en la supuesta industria del juicio son las demandas por accidentes de trabajo…
-El gran problema está en el origen. Lo único que discutimos es el daño. Los empresarios cuestionan lo caro de la reparación. Sin embargo, lo que debemos discutir es por qué existen los accidentes laborales cuando en realidad son evitables. ¿Por qué no tenemos una ley de prevención? ¿Por qué la prevención está delegada en las aseguradoras de riesgo de trabajo? ¿Acaso no es el fin económico de las aseguradoras que las empresas las contraten? Es poner el zorro a cuidar el gallinero. Insisto en que no hay política de prevención. Hay accidentes absolutamente evitables. Si no hubiera accidentes no habría juicios. Las aseguradoras son filiales de los bancos, como lo eran las AFJP. Los fondos que reciben los invierten en instrumentos financieros que les dan enormes ganancias. Son empresas financieras. No les importa prevenir accidentes y mucho menos reparar daños.
-Hace poco se volvió a poner en vigencia el listado de enfermedades. ¿Qué significa esto?
-Que si la enfermedad no está en el listado no se la considera enfermedad profesional. Por ejemplo, la hernia de disco no está en el listado. Todo esto hace que el trabajador termine recurriendo a la justicia para reclamar porque la enfermedad no está listada. Caso contrario tiene que esperar dos años hasta que una comisión médica, que fue declarada inconstitucional infinidad de veces, se expida. Todo eso aumenta la litigiosidad.
-Una síntesis…
-Es sencilla. Lo que se presenta como una reforma para generar empleo es una estrategia para abaratar el costo laboral.