La celebración del Día del Orgullo Gay con marchas y manifestaciones en 15 provincias se vio coronada por el reconocimiento por parte de las Justicia de la figura de “travesticidio” en el fallo condenatorio por el asesinato de Diana Sacayán.

Con gran esfuerzo se llevaron adelante acciones de duelo público, un camino que organizó la Comisión de Familiares y Compañeres, Justicia Diana Sacayán. Las organizaciones buscaron intervenir en la causa judicial para encontrar a los responsables del crimen, fijar criterios en la prueba, articular con organismos estatales que colaboren y acompañen el reclamo de justicia por Diana, como la UFEM y el INADI.

Desde el inicio, la referente histórica de todo el movimiento trans, Lohana Berkins – que se encontraba con una complicación de salud y fallece un tiempo después – pidió a las activistas que organicemos acciones públicas para buscar justicia por Diana.

Así,  se instaló un debate político-jurídico y social: “Vivimos como travestis y trans y morimos por ser travestis y trans” pasó a ser la consigna de la Comisión que recogió los datos que dejaron al desnudo la situación de vida de nuestro colectivo: la poca expectativa de vida de la población trans, datos de muertes evitables, dificultades para conseguir trabajo genuino, vivienda, acceso a la salud y la educación,  sufrir la violencia institucional, del Estado, del sistema prostituyente. Y sumamos un dato de reciente publicación: una de cada tres personas trans muere por motivos evitables.

En lo que va del año 2018 suman 46. Todas las estadísticas señalan que son muchas más las muertes por este tipo de crímenes; los travesticidios y transfemicidios no son crímenes particulares, aún cuando se den en ámbitos privados, se vinculan directamente con violencias sociales.

En el caso Sacayán, el planteo de la Comisión es una perfecta síntesis de esta trama: el autor del travesticidio se aprovechó de una situación de particular vulnerabilidad de una persona travesti. El imputado actuó según la trama del patriarcado y la violencia que sufren las travestis, quienes mataron a Diana actuaron en ese contexto, usando las herramientas de vulnerabilidad que facilitó los hechos. Hablamos de travesticidio o transfemicidio cuando se utiliza y aprovecha un tipo de violencia estructurada para matar.

Por eso,  es indudable que el agravante de homicidio (artículo 80 del Código Penal) que refiere a quien asesina usando la condición de la víctima por su identidad de género o expresión de género (inciso 4), estuvo presente en la consideración del tribunal de Justicia. Así, el día 18 de junio de 2018  se emite un fallo condenando a perpetua a uno de los responsables del crimen, considerando la figura de travesticidio y la violencia de género.

Y llegamos por primera vez en Argentina a un fallo por homicidio a una persona travesti, un fallo que considera el agravante de la violencia por identidad o la expresión de género.

Por toda la trama de las violencias hacia la comunidad travesti trans salimos a la calle exigiendo políticas públicas que protejan nuestras vidas; este 28 de junio conmemoramos en el mundo el día del orgullo gay; en Argentina, por tercera vez – aunque en esta oportunidad con una primera e importante batalla ganada en el plano legal –  la comunidad travesti trans organizó en 15 provincias la marcha de los travesticidios y transfemicidios, con un indudable logro de visibilización de nuestro colectivo en lugares hasta ahora insospechados.

La pelea continúa. Esto es apenas un primer paso. Si bien la ley de identidad de género fue un importante paso, necesitamos modificar las condiciones de vida de los sectores más excluidos y expuestos a las violencias estructurales para habitar nuestras vidas orgullosamente diversas.